CONTRATO PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACION INDEFIN
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Última actualización: Viernes, noviembre 25, 2011

Desde la aprobaci贸n de la 煤ltima reforma laboral el contrato para el fomento de la contrataci贸n indefinida ha sufrido algunos cambios que han creado alguna confusi贸n con su interpretaci贸n , con este art铆culo desde Gestoria Barcelona queremos contribuir a clarificar todos los aspectos inherentes a este contrato.

1-聽聽聽聽聽聽 驴A QU脡 COLECTIVOS SE LES PUEDE CONTRATAR BAJO ESTA MODALIDAD?

Este contrato puede celebrarse con los trabajadores desempleados inscritos en la Oficina del INEM y adem谩s pertenecer a uno de estos grupos:

a)聽聽聽聽 J贸venes entre 16 y 30 a帽os (ambos inclusive)

b)聽聽聽聽 Mujeres desempleados, cuando sean contratadas para cubrir puestos de trabajo con menor 铆ndice de empleo femenino.

c)聽聽聽聽 Mujeres que se reincorporen a la vida laboral dentro de los 2 a帽os inmediatamente anteriores a la fecha de parto o adopci贸n.

d)聽聽聽聽 Mujeres desempleadas que se reincorporen al mercado laboral tras un per铆odo de inactividad de 5 a帽os

e)聽聽聽聽 Mujeres v铆ctimas de violencia de g茅nero.

f)聽聽聽聽聽聽 Mayores de 45 a帽os.

g)聽聽聽聽 Desempleados entre 31 y 44 a帽os, que lleven como m铆nimo un mes inscritos de manera ininterrumpida聽 como demandantes de empleo.

h)聽聽聽聽 Discapacitados.

i)聽聽聽聽聽聽聽 Desempleados que durante los 2 a帽os anteriores a la celebraci贸n del contrato, hubieran estado contratados, s贸lo, mediante contratos temporales en la misma o en distinta empresa.

j)聽聽聽聽聽聽聽 Desempleados entre 31 y 44 a帽os, que durante los 2 a帽os anteriores a la celebraci贸n del contrato, se les hubiera extinguido un contrato indefinido en una empresa diferente, a trav茅s de un despido, ya sea de forma individual o colectiva.

聽2-聽聽聽聽聽聽聽 REQUISITOS PARA LA TRANSFORMACION EN INDEFINIDO DE FOMENTO DE UN CONTRATO TEMPORAL

聽La empresa puede convertir en contrato indefinido de fomento de empleo, un contrato temporal que est茅 vigente en ese momento, pero habr铆a que diferenciar varios supuestos:

a)聽聽聽 Contrato Temporal celebrado antes del 18 de Junio 2010

La transformaci贸n debe celebrarse antes del 31 de Diciembre de 2010.

b)聽聽聽 Contrato Temporal celebrado a partir del 18 de Junio 2010

La transformaci贸n debe celebrarse antes del 31 de Diciembre de 2011 y se exige que la duraci贸n del contrato temporal, no haya excedido de 6 meses (menos para los formativos, para los cuales no existe este l铆mite de tiempo).

3-聽聽聽聽聽聽 DURACI脫N Y JORNADA

El contrato se debe celebrar por tiempo indefinido.

Por lo que hace a la jornada, la Ley no pone inconvenientes a que pueda ser una jornada parcial.

4-聽聽聽聽聽聽 FORMA JURIDICA DEL CONTRATO

El contrato debe formalizarse por escrito y en modelo oficial, en caso de no ser as铆, se considerar谩 este tipo de contrato como un Indefinido Ordinario.

5-聽聽聽聽聽聽 INDEMNIZACION PARA EL TRABAJADOR EN CASO DE DESPIDO IMPROCEDENTE

El r茅gimen de aplicaci贸n es de car谩cter general, es decir, la indemnizaci贸n a percibir por el trabajador, es de 45 d铆as por a帽o de servicio, prorrate谩ndose por meses los per铆odos de tiempo inferiores a un a帽o y hasta un m谩ximo de 42 mensualidades.

6-聽聽聽聽聽聽 INDEMNIZACION ANTE UNA EXTINCION DE CONTRATO POR CAUSA OBJETIVA

Hay que distinguir ante 2 supuestos:

a) Contratos celebrados antes del 18 de Junio de 2010

Si la extinci贸n del contrato ha sido reconocida como improcedente (por la empresa o por un juez), la indemnizaci贸n ser谩 de 33 d铆as por a帽o de servicios prorrate谩ndose por meses los periodos de tiempo inferiores a un a帽o y hasta un m谩ximo de 24 mensualidades.

Si la extinci贸n del contrato ha sido reconocida como procedente (por la empresa o por un juez), la indemnizaci贸n ser谩 de 20 d铆as por a帽o de servicios prorrate谩ndose por meses los periodos de tiempo inferiores a un a帽o y hasta un m谩ximo de 12 mensualidades.

b) Contratos celebrados a partir del 18 de Junio de 2010

Si la extinci贸n del contrato ha sido reconocida como improcedente (por la empresa o por un juez), la indemnizaci贸n ser谩 de 33 d铆as por a帽o de servicios prorrate谩ndose por meses los periodos de tiempo inferiores a un a帽o y hasta un m谩ximo de 24 mensualidades. Pero si el contrato tuvo una duraci贸n superior a 1 a帽o, FOGASA se hace cargo de 8 d铆as de salario por a帽o de servicio, sin l铆mites, con lo cual, el coste real para la empresa es de 25 d铆as de salario por a帽o de trabajo.

聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽 Si la extinci贸n del contrato ha sido reconocida como procedente (por la empresa o por un juez), la indemnizaci贸n ser谩 de 20 d铆as por a帽o de servicios prorrate谩ndose por meses los periodos de tiempo inferiores a un a帽o y hasta un m谩ximo de 12 mensualidades. Pero si el contrato tuvo una duraci贸n superior a 1 a帽o, FOGASA se hace cargo de 8 d铆as de salario por a帽o de servicio, sin l铆mites, con lo cual, el coste real para la empresa es de 12 d铆as de salario por a帽o de trabajo.

EJEMPLOS

Supuesto:

Una empresa despide a un trabajador por causas objetivas poniendo a su disposici贸n la indemnizaci贸n correspondiente en estos casos.

El trabajador no est谩 conforme y finalmente la empresa reconoce la improcedencia del despido, le ofrece la indemnizaci贸n que corresponde al trabajador y la deposita en el Juzgado de lo Social. La pregunta es 驴cu谩l ser谩 el importe de la indemnizaci贸n y qu茅 pasa con los salarios de tramitaci贸n?

Respuesta:

En un principio la empresa lo que hizo fue poner a disposici贸n del trabajador una indemnizaci贸n de 20 d铆as por a帽o de servicio con un m谩ximo de 12 mensualidades, pero la empresa acaba por reconocer la improcedencia del despido y ofrece al trabajador la indemnizaci贸n propia de una extinci贸n del contrato objetiva improcedente, que es de 33 d铆as de salario por a帽o trabajado, con un m谩ximo de 24 mensualidades, depositando la cantidad en el Juzgado de lo Social, pero se ha de tener en cuenta que si el contrato indefinido fue celebrado tras el 18 de Junio de 2010 y adem谩s ten铆a una duraci贸n superior al a帽o, FOGASA se hace cargo del importe correspondiente a 8 d铆as de salario, con lo cual, el importe que la empresa tiene que depositar en el Juzgado es de 25 d铆as, no de 33.

Por lo que hace a los salarios de tramitaci贸n, estos dependen de la fecha en la que se efect煤e el despido y el dep贸sito de la indemnizaci贸n:

a)聽聽聽聽 Si el dep贸sito se ha producido en el plazo de 48 horas siguientes a la extinci贸n del contrato por parte de la empresa (que en un principio ha sido por causas objetivas), no se da lugar a los Salarios de Tramitaci贸n, aunque el trabajador en su momento no acepte y posteriormente la empresa reconozca la improcedencia del mismo.

b)聽聽聽聽 Si el dep贸sito se ha producido tras las 48 horas siguientes a la extinci贸n del contrato pero antes de la conciliaci贸n administrativa (que suele darse dentro de los 10 d铆as siguientes a la extinci贸n), habr谩 salarios de tramitaci贸n entre la fecha del despido y la acci贸n de depositar聽 la indemnizaci贸n en el Juzgado.

7-聽聽聽聽聽聽 DESPIDO Y CONTRATO INDEFINIDO PARA EL FOMENTO

Las empresas no podr谩n concertar contratos para el fomento del empleo indefinido cuando dentro de los 6 meses anteriores, hubieran llevado a cabo la extinci贸n de contratos ordinarios indefinidos bien por causas objetivas (reconocidas o no como improcedentes) o bien hubiera procedido a un despido colectivo.

EXCEPCIONES:

Esta norma no es de aplicaci贸n cuando la contrataci贸n indefinida para el fomento sea para cubrir puestos de trabajo distintos de los afectados por los despidos.

Tampoco es de aplicaci贸n cuando los nuevos contratos se efect煤en para cubrir puestos de trabajo en un centro de trabajo diferente a los afectados por los despidos.

Y tampoco ser谩 aplicable cuantos las extinciones de los contratos se hayan producido antes del 18 de Junio de 2010.聽聽

8-聽聽聽聽聽聽 BONIFICACIONES

Este tipo de contratos no tienen bonificaci贸n a no ser que se cumplan una serie de condiciones聽(ver art铆culo)

FUENTES:

GESTORIA BARCELONA

ETT

CISS

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